Publicado el 25 de enero de 2021

Asignación de los fondos europeos en España

Ante la incertidumbre de cuándo llegarán los fondos europeos, para iniciar con los proyectos de recuperación económica, el Gobierno ha adelantado la liquidez a las Comunidades Autónomas. Los más beneficiados en la asignación de fondos han sido Andalucía con 702 millones, Cataluña con 596 millones y la Comunidad de Madrid con 461 millones de euros. […]
  • Ante la incertidumbre de cuándo llegarán los fondos europeos, para iniciar con los proyectos de recuperación económica, el Gobierno ha adelantado la liquidez a las Comunidades Autónomas.
  • Los más beneficiados en la asignación de fondos han sido Andalucía con 702 millones, Cataluña con 596 millones y la Comunidad de Madrid con 461 millones de euros.
  • Para contar con la financiación de los fondos, las empresas deberán generar propuestas para calificar como Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica.

Con la aprobación de las ayudas europeas bajo el instrumento Next Generation EU, el reparto de los fondos ha sido un tema clave para los estados. Para España, que podría recibir hasta 140.000 millones de euros, se ha presentado como una oportunidad para impulsar la economía post-COVID. Sin embargo, los fondos no llegarán de inmediato.

En el mejor de los escenarios, la Comisión Europea estima que lleguen en junio de 2021, debido a un proceso que podría demorarse hasta otoño. Esto se debe al tiempo requerido para los tres procedimientos que deben llevarse a cabo: la ratificación del acuerdo, los tramites de solicitud y aprobación de los fondos y la emisión de deuda desde la Comisión.

Ahora bien, para recibir el apoyo financiero los Estados miembros de la Unión Europea deben preparar un Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) con el programa de las inversiones y reformas para los años 2021 al 2023. En el caso de España, está articulado en cuatro ejes: España Verde, Digital, Sin Brechas e Inclusiva.

Criterios para la asignación de los fondos europeos

Durante el 2021, las comunidades autónomas estarán encargadas de gestionar aproximadamente 54% de la partida del próximo ejercicio que corresponde a España de las ayudas europeas, según El País. Para ellas, la dotación será de 18.793 millones de euros. Debido a que las ayudas europeas aún deben materializarse, el Gobierno español ha decidido adelantar liquidez a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos para que puedan iniciar los proyectos de recuperación.

Teniendo en cuenta lo anterior, del total de 26.634 millones de euros de los fondos, este año 10.793 millones serán transferidos a las autonomías, y 1.483 millones de euros a los ayuntamientos para actuaciones en su ámbito competencial. Los más beneficiados han sido Andalucía con 702 millones, Cataluña con 596 millones y la Comunidad de Madrid con 461 millones de euros. No obstante, solo se ha preasignado alrededor del 22% de la cantidad total del ejercicio (4.252 millones de euros) a fines de políticas medioambientales y de vivienda, y el resto aún está pendiente de asignar.

El reparto, según el Ministerio de Hacienda, ha seguido tres indicadores: el impacto de la pandemia en cada Comunidad Autónoma con respecto a la riqueza, el desempleo y, por último, el desempleo juvenil. La distribución será a través de los Fondos FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) y FSE (Fondo Social Europeo). El primero será utilizado para apoyar la inversión en productos y servicios sanitarios, prestar apoyo como capital circulante o de apoyo a la inversión para las pymes, en inversiones dirigidas a una economía digital y verde, en inversiones en infraestructuras, y en medidas económicas para las regiones más afectadas por la crisis.

El FSE, por su parte, apoyaría la creación de empleo con un enfoque especial en la población en situación de vulnerabilidad, las medidas para impulsar el empleo juvenil, la educación y la formación, y brindar más apoyo a las transiciones para una economía sostenible y digital.

¿Cuáles serán los proyectos?

Los fondos han generado un profundo interés para las empresas españolas. Un sondeo de KPMG resalta que el 45% de ellas quieren optar por esta financiación, con un 27% afirmando desconocer si desea optar y otro 28% sin interés en hacerlo. A pesar de esto, aún existe un grado de incertidumbre sobre el funcionamiento de los fondos, por lo cual el 45% de las empresas desconoce si posee proyectos elegibles, un porcentaje que llega hasta el 50% en el caso de las pymes. Uno de los principales obstáculos señalados es la relativa falta de información sobre el proceso de presentación de proyectos.

Ante esto, el 31 de diciembre de 2020 fue publicado el Real Decreto-Ley 36/2020, donde se introdujo una nueva figura de colaboración público-privada para la ejecución de políticas públicas, los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE). Para poder calificar como tal, un proyecto debe cumplir una serie de criterios cualitativos:

  • Representar una importante contribución al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la competitividad de la industria y economía española.
  • Tener un carácter innovador importante o un aporte un valor añadido significativo en términos de I+D+I.
  • Favorecer la integración y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, así como el impulso de entornos colaborativos.
  • Contribuir de forma concreta, clara e identificable a uno o más de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Además, el decreto distingue dos clases de PERTE: los consistentes en un proyecto único, que estaría definido en sus objetivos y modalidades de ejecución, y los que se configuran como un proyecto integrado, consistente en un grupo de proyectos que formen parte de una estructura, plan de trabajo o programa comunes compartiendo el mismo objetivo y basados en un enfoque sistémico.

En el caso de la contratación pública, aquellos contratos que estén directamente vinculados a la ejecución de fondos a partir del PERTE contarán con una flexibilización en sus trámites. Entre las particularidades introducidas por el decreto, destacan:

  • En los procedimientos de licitación, puede declararse la tramitación urgente de expedientes con una reducción hasta la mitad de ciertos plazos.
  • Los contratos de suministros y de servicios de carácter energético contarán con una duración máxima que se ha ampliado a 10 años.
  • La tasa de descuento relacionada con el período de recuperación de la inversión en las concesiones de obras y servicios ha sido modificada, y será calculada aplicando el rendimiento medio en el mercado de la deuda del estado a 30 años.

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