El Gobierno, a través del Ministerio de Transportes, ha decidido no prorrogar en 2023 el mecanismo de revisión por defecto de precios en la obra pública creado el año pasado ante la emergencia provocada por la inflación que también afectó a los materiales de construcción. El sector considera esta decisión un importante paso atrás, advierte de sus consecuencias y reclama al Gobierno que prorrogue e incluso mejore la medida que compensaba los sobrecostes por el encarecimiento del acero o el hormingón, pero que incluye un tope del 20%. Más de 6.900 millones de euros en contratos están en juego, según los cálculos de Seopan.
Para el sector de la construcción -entre otros muchos- fue la tormenta perfecta. En primer lugar, la pandemia, a la que siguió la invasión de Ucrania, que tuvo como consecuencia la escalada del precio de materias primas que resultan clave para la actividad de las constructoras. Ante esta situación de incrementos de costes en la obra pública que podían presentarse a lo largo de la fase de ejecución del contrato, pero que eran imposibles de prever en el momento de la licitación, el Gobierno puso en marcha en marzo de 2022 un mecanismo temporal de revisión compensatoria de precios que en realidad reponía una medida eliminada en 2015 (cuando el IPC cerró en el 0%).
Un año más tarde, sin embargo, desde el Ejecutivo se argumenta que las circunstancias presentes ya no justifican una prórroga de una medida “que era extraordinaria”. El sector no comparte esta visión y cree sin embargo que se trata de una decisión que puede ocasionar un grave frenazo en la ejecución de la obra del sector público a causa de la incertidumbre que siguen generando los costes de las materias primas.
Riesgo de paralización de obra pública
Desde las asociaciones y entidades representativas del sector advierten del consiguiente impacto que esta paralización puede tener en la histórica (por su volumen)_distribución de fondos europeos Next Generation que Bruselas inició en 2021 y que se extenderá hasta 2026.
Así lo considera, entre otros, el presidente de la Asociación de Empresas Constructoras y Concesionarias de infraestructuras (Seopan), Julián Núñez, que ya advertía en una comparecencia pública el pasado 20 de febrero que existen “licitaciones, especialmente de las comunidades autónomas y administraciones locales que van a quedar desiertas o semidesiertas si no incluyen la revisión de precios”. De hecho, la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) ha estimado ya en 2022 más de 2.000 contratos de obra pública quedaron sin pujas por esta causa, por un valor de 982 millones de euros.
Y es que desde Seopan consideran que “el incremento desproporcionado e imprevisible de los precios de los materiales y de la energía, que se sitúan, a día de hoy, en niveles muy superiores a 2020, con subidas de los precios del acero en +51%, del cobre en +38%, aluminio en +33%, gas en +556% y electricidad en +121% tiene un enorme impacto en la estructura de costes de un contrato de obras, al representar el coste de los materiales, de media, entre el 34% y el 40% del coste total”.
Por ello, en Seopan, junto con otras entidades, como la CNC y la Asociación Nacional de Constructores Independientes (Anci) consideran vital la continuidad de esta fórmula de actualización de precios. Incluso habían demandado al Gobierno que ésta fuera a más, relajando los límites de acceso a la misma: el suelo del 5% de desviación en los presupuestos de obra para comenzar a aplicar la revisión y el tope del 20% revisable sobre el presupuesto de adjudicación del contrato. Asimismo, reclaman que se incluya también en la ecuación las variaciones del precio de la energía y la subida salarial.
Por el contrario, desde el Gobierno se prevé que materias primas como el acero, aluminio, madera y hormigón moderen sus precios a lo largo del presente ejercicio. Frente a esta previsión, el pasado 16 de marzo la presidenta del Banco Central Europeo, Christine Lagarde, afirmaba que la inflación seguirá alta durante mucho tiempo, por lo que justificaba ese día la subida de 0,5 puntos de los tipos de interés hasta el 3,5%, su nivel máximo desde 2008.
Un mecanismo excepcional… que se queda corto
Hay que recordar que la medida de reequilibrio fue implementada a través del Real Decreto Ley 3/2022, de 2 de marzo de 2022 y afectaba a los proyectos en ejecución en ese momento. Su objetivo era compensar la escalada de la inflación en el momento en el que las empresas hacían sus ofertas y que ponía en riesgo la ejecución de los fondos europeos relacionados, por ejemplo, con proyectos ferroviarios o de carreteras.
Ahora, con el fin de este sistema de revisión de precios, ya solo tendrán derecho a acogerse a la medida aquellos contratos que hubieran sido adjudicados o formalizados hasta la jornada del 2 de marzo.
Para el presidente de la patronal Seopan, Julián Núñez, este mecanismo «ha supuesto una ayuda para paliar el sobrecoste de los materiales, pero insuficiente pues quedan sin resolver algunas importantes cuestiones para lograr el objetivo de restablecer el equilibrio económico de los contratos actualmente en ejecución».
En este sentido, y aunque las constructoras reconocen que el RDL 3/2022 ha significado una mejora en lo que se refiere a la revisión de precios en los contratos públicos de obras, César Olano, socio director de Olano Abogados, recuerda que estas medidas excepciones se han dirigido a “unidades de obra muy concretas”. Coincide con el análisis de Seopan en que esta medida es “muy parcial porque ataja problemas concretos y se refiere a materiales concretos [materiales siderúrgicos, materiales bituminosos, aluminio o cobre], pero deja fuera el incremento de los precios de la energía y la mano de obra en el contexto de una inflación galopante como la actual”.
En su opinión, lo que realmente haría falta es “recuperar las fórmulas de revisión que ahora han caído en desuso”. Además, recuerda que la administración, de inicio, “suele rechazar las reclamaciones por incremento de costes”, por lo que no queda más remedio que judicializar la discrepancia, aunque también depende “del interlocutor que te encuentres”. Esto se podría evitar si se crearan índices con fórmulas de revisión.
Límite a la revisión de los contratos de obra
Según los cálculos de Núñez, “el principal obstáculo para conseguir este reequilibrio económico de los contratos de obra lo constituye el límite máximo de la cuantía de la revisión excepcional fijado por el Real Decreto-ley en el 20% del presupuesto adjudicado, límite que sobrepasan más del 85% de los contratos adjudicados en 2020, registrándose actualmente unos coeficientes de revisión en el entorno del 27% del presupuesto; es decir, 7 puntos porcentuales por encima del referido límite, lo que equivale a 2,5 veces el beneficio neto sectorial sobre ventas del sector de la construcción, según el último informe publicado por la central de balances del Banco de España”.
“Es por tanto preciso -asevera el presidente de Seopan- incrementar dicho límite máximo, como mínimo hasta el 30%, para lograr una mayor efectividad de las medidas excepcionales adoptadas por el gobierno”.
Por ello, Núñez concluye que, ante la finalización de las medidas excepcionales de revisión de precios, “existe el riesgo evidente de que las empresas, para aquellos contratos que no incorporen fórmulas de revisión en sus pliegos como sí ocurre en la práctica totalidad de pliegos de obras de las comunidades autónomas y las administraciones locales, no puedan asumir los riesgos de futuros incrementos de los precios no sujetos a revisión, lo que implica un elevado riesgo de que las licitaciones queden desiertas o con una concurrencia muy por debajo de la práctica habitual en la contratación pública nacional”.
En esta situación, según los cálculos de Seopan, se encuentra más de 6.900 millones de euros de contratos licitados entre octubre 2022 y enero de 2023 por las comunidades autónomas y las administraciones locales que están pendientes de formalización.